Definición: Las rúbricas son guías de
puntuación usadas en la evaluación
del desempeño de los estudiantes
que describen las características
específicas de un producto, proyecto
o tarea en varios niveles de
rendimiento, con el fin de clarificar lo
que se espera del trabajo del
alumno, de valorar su ejecución y de
facilitar la proporción de feedback
(retroalimentación) (Andrade, 2005;
Mertler, 2001) a través de Fernandez,
A Revista de Docencia Universitaria
Vol.8 (n.1)2010
Tipos de Rúbricas:
Rúbrica global u holísitca: hace una
valoración del conjunto de la tarea,
mediante la utilización de unos
descriptores que se corresponden a
niveles globales. Se pueden admitir
errores en alguna parte del proceso/
producto. Orientada a adquirir cierta
información global del alumno y una
radiografía general del grupo. Rúbrica
analítica: se centra en tareas de
aprendizaje más concreta y necesita
un diseño más pormenorizado. Se
utilizan cuando es necesario evaluar
los distintos procedimientos, fases,
elementos, componentes que
constituyen proceso/producto.
Ventajas de su uso para el
alumnado: Según Goodrich Andrade
y Martinez Rojas( citados por Esther
Carrizosa Prieto y Jose Ignacio
Gallardo Ballesteros.
Los alumnos tienen mucha más
información que con otros
instrumentos (retroalimentación)
Fomentan el aprendizaje y la
autoevaluación.
Conocen de antemano los criterios
con los que serán evaluados
Facilitan la comprensión global del
tema y la relación de las diferentes
capacidades.
Ayudan al alumnado a pensar en
profundidad.
Promueven la responsabilidad del
alumnado, que en función de los
criterios expuestos pueden revisar
sus trabajos antes de entregarlos al
profesor.
Ventajas de uso para el profesorado:
Son fáciles de usar y de explicar a
los alumnos. Incrementa la
objetividad del proceso evaluador.
Ofrecen una retroalimentación sobre
la eficacia de los métodos de
enseñanza que se han empleado.
Son versátiles y se ajustan a las
exigencias del proceso de evaluación
por competencias.
¿Qué inconvenientes tienen las
rúbricas? (Popham 1997: 72-75)
citado por Esther Carrizosa Prieto
El diseño de una rúbrica supone
tiempo por parte del docente y
conocimiento de cómo se hace.
Evaluar por rúbricas supone tiempo
para llegar a resultados similares con
otro tipo de instrumentos.
Un mal diseño de la rúbrica puede
hacer que no se identifique el criterio
de evaluación con la tarea en sí o
por el contrario criterios demasiado
generales hace inviable su
evaluación.
Riesgo de convertir la evaluación en
algo extenuante.
Promueve la estandarización del
alumnado con el riesgo de que los
profesores se conviertan en
“maquinas de graduar”
PASOS PARA SU ELABORACIÓN
En este caso nos basaremos en las
pasos que se indican desde el
Centro Nacional de Innovación e
Investigación Educativa (cniie)
dentro del proyecto COMBAS
1. Definir bien los indicadores a partir
del criterio de evaluación.
2. Identificar bien las dimensiones de la
CCBB en relación al criterio de
evaluación y sus indicadores:
Operaciones mentales o procesos
cognitivos que contiene, es decir, las
capacidades que el sujeto ha de
poner en juego para mostrar la
adquisición de esta.
Contenidos, que muestran el
desempeño de la competencia.
Contexto, el espacio de aplicación
(dentro de las UDIs, contextualizar es
esencial)
Valores y actitudes integradas en los
comportamientos del indicador, que
pueden definir el tipo de alumnado
que se persigue, siempre que se
encuentre ubicación curricular a la
propuesta.
Procedamos por tanto a realizar un
ejemplo, siguiendo cada uno de los
pasos. Nuestra intención es elaborar
una rúbrica para evaluar las
exposiciones orales relacionado con
los contenidos de la nutrición y
dietas saludables
C.E (Orden 9 de mayo de 2007
E.Primaria Comunidad autónoma de
Aragón) para el 3º ciclo de E.P, Área
Conocimiento del Medio
3. Identificar y describir el
funcionamiento de los aparatos
implicados en la realización de las
funciones vitales del cuerpo humano,
estableciendo algunas relaciones
fundamentales entre ellos y
determinados hábitos de salud.
Paso 1: Definir Indicador
Explicar la relación entre dieta
saludable y los efectos en el cuerpo
humano
Valorar los efectos de una dieta
saludable sobre el cuerpo humano.
Paso 2: Identificar bien las
dimensiones de la CCBB.
Operaciones mentales: Expresa,
explica, comunica, argumenta,
predice, aplica, utiliza, emplea,
investiga.
Contenidos Bloque 3. La salud y el
desarrollo personal.Cuerpo humano
aparatos y la salud desarrollo de
estilos de vida saludables.
Contexto: Se aplicará como guión
para elaborar el trabajo final
presentación oral y como recurso
para transmitir información al alumno
de su exposición.
Ejemplo final r ealizado con la
herramienta Rubistar que explicamos
más abajo.
PROFESOR DE ESCUELA PUBLICA EN EL ESTADO DE HIDALGO facebook: Esteban Alfaro Alarcón facebook.com/esteban.alfaroalarcon … Twitter: @alfaroesteban_ https://twitter.com/alfaroesteban_ Instagram: alfaroesteban_2
sábado, 31 de mayo de 2014
#Rubricas #fb
martes, 27 de mayo de 2014
domingo, 25 de mayo de 2014
Un #obispo en la #casilla
jueves, 22 de mayo de 2014
miércoles, 21 de mayo de 2014
#Aviso #DOF
DOF: 16/05/2014
AVISO por el que se da a conocer
el incremento en remuneraciones
acordado para el personal a que
se refieren los artículos 26 y 26 A
de la Ley de Coordinación Fiscal.
AVISO POR EL QUE SE DA A
CONOCER EL INCREMENTO EN
REMUNERACIONES ACORDADO PARA
EL PERSONAL A QUE SE REFIEREN
LOS ARTÍCULOS 26, Y 26 A DE LA
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL.
En cumplimiento a lo dispuesto
por el artículo 27 A, fracción III de la
Ley de Coordinación Fiscal, y con
fundamento en el artículo 7 del
Reglamento Interior de la Secretaría
de Educación Pública, una vez que
se concluyó la negociación entre la
representación de las autoridades
educativas de las entidades
federativas, el Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación, con la
participación de la Secretaría de
Educación Pública, se informa el
incremento en remuneraciones que
fue acordado para el personal que
ocupa las plazas a que se refieren
los artículos 26 y 26 A del citado
ordenamiento.
1. A fin de contribuir a mejorar el
poder adquisitivo de los docentes de
educación básica, se autorizó a partir
del 1o. de enero del presente año,
un incremento del 3.5% al sueldo
tabular de todas las categorías del
Catálogo y Tabulador de Sueldos del
Personal Docente de Educación
Básica, considerando los grupos
afines, así como a las categorías
docentes de los servicios educativos
de los Centros de Formación para el
Trabajo y las Misiones Culturales.
Este porcentaje se aplicará a los
tabuladores II y III vigentes en el
país.
Serán incrementados, con la
misma proporción y efectos, todos
los niveles salariales de Carrera
Magisterial, así como los
Tabuladores de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica de
Jornada Ampliada.
Las compensaciones de
Fortalecimiento Curricular (FC) por el
Desempeño de Actividades de
Supervisión y Dirección, así como
por Laborar en Comunidades
Pequeñas y Dispersas (E3), se
incrementarán a partir del 1o. de
enero del año en curso, en el mismo
porcentaje del sueldo tabular.
2. Adicionalmente, con el
propósito de fortalecer el salario
profesional de los docentes de
educación básica, se otorgará un
incremento al sueldo tabular de
todas las categorías de Catálogo y
Tabulador de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica, de
0.75%, considerando todos los
grupos afines y los términos
establecidos en el punto anterior.
3. A partir del 1o. de enero de
2014, se destinarán recursos
equivalentes al 1.99% del sueldo
tabular (Concepto 07), de las
categorías contenidas en el Catálogo
y Tabulador de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica,
vigente al 31 de diciembre de 2013,
en la zona económica II y III, a fin de
incrementar el importe de diversas
prestaciones que se otorgan a este
personal.
4. En el marco de la reforma
constitucional, las leyes secundarias
y la reforma a la Ley de Coordinación
Fiscal, y ante el alcance nacional de
la Negociación Salarial Única, a partir
de 2014, se crea la Compensación
Nacional Única, que será otorgada al
Personal Docente de Educación
Básica por la cantidad de $2,000.00
(dos mil pesos 00/100 m.n.),
pagaderos en dos exhibiciones de
$1,000.00 (un mil pesos 00/100
m.n.) en las quincenas 02 y 16,
respectivamente. Dichos pagos se
cubrirán a los trabajadores,
independientemente del importe que
se erogue por concepto de impuesto
sobre la renta, en términos de las
disposiciones aplicables en la
materia.
5. Con efectos al 1o. de enero de
2014, se autoriza para el Personal de
Apoyo y Asistencia a la Educación
del Catálogo Institucional de Puestos,
un incremento salarial del 3.5%
directo al Sueldo Tabular (C.07),
impactando en los mismos términos
en la "Compensación
Garantizada" (C.07) correspondiente.
6. Se autorizan recursos
equivalentes al 0.5% del sueldo
tabular de cada nivel salarial vigente
al 31 de diciembre de 2013, que
serán utilizados para fortalecer el
sueldo tabular del Personal de Apoyo
y Asistencia a la Educación del
Catálogo Institucional de Puestos, a
partir del 1o. de enero de 2014,
impactando en los mismos términos
en la "Compensación
Garantizada" (C.07).
7. A partir del 1o. de enero de
2014, se destinarán recursos
equivalentes al 1.5% del Sueldo
Tabular Concepto (C.07), de cada
nivel salarial del Catálogo
Institucional de Puestos del Personal
de Apoyo y Asistencia a la
Educación, vigente al 31 de
diciembre de 2013, en la zona
económica II y III, a fin de
incrementar de manera específica
diversas prestaciones, incluidas en
este apartado que se otorgan a este
personal.
8. En el marco de la reforma
constitucional, las leyes secundarias
y la reforma a la Ley de Coordinación
Fiscal, y ante el alcance nacional de
la Negociación Salarial Única, a partir
de 2014, se crea la
Compensación Nacional Única, que
será otorgada al personal de apoyo y
asistencia a la educación del
Catálogo Institucional de Puestos por
la cantidad de $1,700.00 (mil
setecientos pesos 00/100 m.n.),
pagaderos en dos exhibiciones de
$850.00 (ochocientos cincuenta
pesos 00/100 m.n.) cada una, en las
quincenas 02 y 16. Dichos pagos se
cubrirán a los trabajadores,
independientemente del importe que
se erogue por concepto de impuesto
sobre la renta, en términos de las
disposiciones aplicables en la
materia.
9. Para el Personal Docente, No
Docente y de Apoyo y Asistencia a la
Educación del Modelo de Educación
Media Superior y Superior
(Homologado), retroactivo al 1o. de
febrero, se autoriza un incremento de
3.5% al sueldo tabular.
Se incrementan para el Personal
de Apoyo y Asistencia a la Educación
de este modelo, $50.00 (cincuenta
pesos 00/100 m.n.) mensuales en la
compensación ET y para el personal
docente de tiempo completo, $85.00
(ochenta y cinco pesos 00/100
m.n.), tres cuartos de tiempo $65.00
(sesenta y cinco pesos 00/100
m.n.), medio tiempo $50.00
(cincuenta pesos 00/100 m.n.) y H/
S/M, $2.50 (dos pesos 50/100
m.n.), en el CAP.
Dado en la Ciudad de México,
Distrito Federal, a los quince días del
mes de mayo de dos mil catorce.-
Por la Secretaría de Educación
Pública: el Oficial Mayor, Marco
Antonio Abaid Kado .- Rúbrica
#Aviso #DOF
DOF: 16/05/2014
AVISO por el que se da a conocer
el incremento en remuneraciones
acordado para el personal a que
se refieren los artículos 26 y 26 A
de la Ley de Coordinación Fiscal.
AVISO POR EL QUE SE DA A
CONOCER EL INCREMENTO EN
REMUNERACIONES ACORDADO PARA
EL PERSONAL A QUE SE REFIEREN
LOS ARTÍCULOS 26, Y 26 A DE LA
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL.
En cumplimiento a lo dispuesto
por el artículo 27 A, fracción III de la
Ley de Coordinación Fiscal, y con
fundamento en el artículo 7 del
Reglamento Interior de la Secretaría
de Educación Pública, una vez que
se concluyó la negociación entre la
representación de las autoridades
educativas de las entidades
federativas, el Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación, con la
participación de la Secretaría de
Educación Pública, se informa el
incremento en remuneraciones que
fue acordado para el personal que
ocupa las plazas a que se refieren
los artículos 26 y 26 A del citado
ordenamiento.
1. A fin de contribuir a mejorar el
poder adquisitivo de los docentes de
educación básica, se autorizó a partir
del 1o. de enero del presente año,
un incremento del 3.5% al sueldo
tabular de todas las categorías del
Catálogo y Tabulador de Sueldos del
Personal Docente de Educación
Básica, considerando los grupos
afines, así como a las categorías
docentes de los servicios educativos
de los Centros de Formación para el
Trabajo y las Misiones Culturales.
Este porcentaje se aplicará a los
tabuladores II y III vigentes en el
país.
Serán incrementados, con la
misma proporción y efectos, todos
los niveles salariales de Carrera
Magisterial, así como los
Tabuladores de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica de
Jornada Ampliada.
Las compensaciones de
Fortalecimiento Curricular (FC) por el
Desempeño de Actividades de
Supervisión y Dirección, así como
por Laborar en Comunidades
Pequeñas y Dispersas (E3), se
incrementarán a partir del 1o. de
enero del año en curso, en el mismo
porcentaje del sueldo tabular.
2. Adicionalmente, con el
propósito de fortalecer el salario
profesional de los docentes de
educación básica, se otorgará un
incremento al sueldo tabular de
todas las categorías de Catálogo y
Tabulador de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica, de
0.75%, considerando todos los
grupos afines y los términos
establecidos en el punto anterior.
3. A partir del 1o. de enero de
2014, se destinarán recursos
equivalentes al 1.99% del sueldo
tabular (Concepto 07), de las
categorías contenidas en el Catálogo
y Tabulador de Sueldos del Personal
Docente de Educación Básica,
vigente al 31 de diciembre de 2013,
en la zona económica II y III, a fin de
incrementar el importe de diversas
prestaciones que se otorgan a este
personal.
4. En el marco de la reforma
constitucional, las leyes secundarias
y la reforma a la Ley de Coordinación
Fiscal, y ante el alcance nacional de
la Negociación Salarial Única, a partir
de 2014, se crea la Compensación
Nacional Única, que será otorgada al
Personal Docente de Educación
Básica por la cantidad de $2,000.00
(dos mil pesos 00/100 m.n.),
pagaderos en dos exhibiciones de
$1,000.00 (un mil pesos 00/100
m.n.) en las quincenas 02 y 16,
respectivamente. Dichos pagos se
cubrirán a los trabajadores,
independientemente del importe que
se erogue por concepto de impuesto
sobre la renta, en términos de las
disposiciones aplicables en la
materia.
5. Con efectos al 1o. de enero de
2014, se autoriza para el Personal de
Apoyo y Asistencia a la Educación
del Catálogo Institucional de Puestos,
un incremento salarial del 3.5%
directo al Sueldo Tabular (C.07),
impactando en los mismos términos
en la "Compensación
Garantizada" (C.07) correspondiente.
6. Se autorizan recursos
equivalentes al 0.5% del sueldo
tabular de cada nivel salarial vigente
al 31 de diciembre de 2013, que
serán utilizados para fortalecer el
sueldo tabular del Personal de Apoyo
y Asistencia a la Educación del
Catálogo Institucional de Puestos, a
partir del 1o. de enero de 2014,
impactando en los mismos términos
en la "Compensación
Garantizada" (C.07).
7. A partir del 1o. de enero de
2014, se destinarán recursos
equivalentes al 1.5% del Sueldo
Tabular Concepto (C.07), de cada
nivel salarial del Catálogo
Institucional de Puestos del Personal
de Apoyo y Asistencia a la
Educación, vigente al 31 de
diciembre de 2013, en la zona
económica II y III, a fin de
incrementar de manera específica
diversas prestaciones, incluidas en
este apartado que se otorgan a este
personal.
8. En el marco de la reforma
constitucional, las leyes secundarias
y la reforma a la Ley de Coordinación
Fiscal, y ante el alcance nacional de
la Negociación Salarial Única, a partir
de 2014, se crea la
Compensación Nacional Única, que
será otorgada al personal de apoyo y
asistencia a la educación del
Catálogo Institucional de Puestos por
la cantidad de $1,700.00 (mil
setecientos pesos 00/100 m.n.),
pagaderos en dos exhibiciones de
$850.00 (ochocientos cincuenta
pesos 00/100 m.n.) cada una, en las
quincenas 02 y 16. Dichos pagos se
cubrirán a los trabajadores,
independientemente del importe que
se erogue por concepto de impuesto
sobre la renta, en términos de las
disposiciones aplicables en la
materia.
9. Para el Personal Docente, No
Docente y de Apoyo y Asistencia a la
Educación del Modelo de Educación
Media Superior y Superior
(Homologado), retroactivo al 1o. de
febrero, se autoriza un incremento de
3.5% al sueldo tabular.
Se incrementan para el Personal
de Apoyo y Asistencia a la Educación
de este modelo, $50.00 (cincuenta
pesos 00/100 m.n.) mensuales en la
compensación ET y para el personal
docente de tiempo completo, $85.00
(ochenta y cinco pesos 00/100
m.n.), tres cuartos de tiempo $65.00
(sesenta y cinco pesos 00/100
m.n.), medio tiempo $50.00
(cincuenta pesos 00/100 m.n.) y H/
S/M, $2.50 (dos pesos 50/100
m.n.), en el CAP.
Dado en la Ciudad de México,
Distrito Federal, a los quince días del
mes de mayo de dos mil catorce.-
Por la Secretaría de Educación
Pública: el Oficial Mayor, Marco
Antonio Abaid Kado .- Rúbrica
martes, 20 de mayo de 2014
El hijo pródigo. #fb
“ El hijo pródigo es cada uno de
nosotros, es el pueblo, es el
que va buscando muchas
veces liberaciones falsas, es el
que va buscando la felicidad
porque Dios nos ha creado
para la dicha, para la
felicidad, y al no encontrarla,
se sale de la casa del padre
como el hijo insensato a
buscarla en el mundo, viviendo
en la opulencia, en la vanidad,
en el desorden, en el
libertinaje, y no encuentra
más que el vacío. ”
sábado, 17 de mayo de 2014
viernes, 16 de mayo de 2014
Aviso #SEP-SNTE Acuerdo de incremento #fb
miércoles, 14 de mayo de 2014
#fb
martes, 13 de mayo de 2014
todos Cuarones o todos Mireles #fb
lunes, 12 de mayo de 2014
Maestros de educación básica recibirán un incremento directo al salario de 3.5 por ciento y 1.99 por ciento en prestaciones. # fb
domingo, 11 de mayo de 2014
viernes, 9 de mayo de 2014
lunes, 5 de mayo de 2014
domingo, 4 de mayo de 2014
#Masretencionesdepago
sábado, 3 de mayo de 2014
viernes, 2 de mayo de 2014
#Interesate #Peña #Cuaron #fb
ESTE BELLO MENSAJE. ES PARA TI...
ESTE BELLO MENSAJE. ES PARA TI... Sin dudarlo... no terminarás este año con las manos vacías. Han sido tiempos difíciles pero también de ...
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Las opiniones de los blogueros son de su estricta responsabilidad y no representan la opinión de este portal. Vida 08 de Marzo de 2017 ¿...
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CAPÍTULO I La función directiva, su importancia y sus características En este apartado se presentan características de la función directiva ...
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PAULO FREIRE: UNA BREVE CARTOGRAFIA INTELECTUAL Jaime José Zitkoski Euclides Redin Danilo R. Streck VIDA Y OBRA: TIEMPOS Y LUGARES4 Frente a...